por trukop Sáb Jul 14, 2012 8:33 am
Creo que ya lo había explicado el año pasado con lo del Kun.
El iva se aplica siempre que se emite una factura, independientemente si eres una empresa o una persona física.
Cuando dos equipos pactan un fichaje, ambos pagan iva, pero en sus balances, el iva repercutido se resta del soportado y por tanto queda a cero, es decir, entre empresas el iva no cuenta ya que hacienda te lo devuelve. El problema es cuando la factura es emitida por una persona física. No puede demostrar gastos para que le devuelvan el iva y se lo come. Además, siempre que hay una transación entre una empresa y una persona física hay un segundo impuesto que se aplica siempre que es el IRPF (si es entre dos personas o dos entidades, no se aplica) y es de el 15% de la base imponible. Lo explico con un ejemplo.
Cláusula de J.Martinez = 30 millones.
B.Imponible=30 millones
IVA al 21%=6'3 millones
IRPF al 15%=4'5 millones
Total=30+6'3+4'5=40'8 millones
Y lo que te preguntarás ahora. Por que mi madre tiene que emitir factura J.Martinez? Porque el Barsa, a final de año presenta sus contabilidades a hacienda y al mes (por facturar más de 6 millones anuales) presenta el IVA declarado. En sus cuentas aparecen una salida de tesorería de los 30 kilos de la cláusula. Hacienda quiere saber a quien le han entregado esa suma y porqué. El Barsa dirá que J.Martinez, el Bilbao (que tendrán una entrada de tesorería de 30 kilos) dirá que J.Martinez, entonces hacienda le preguntará a J.Martinez que le presente sus cuentas, es decir, la factura de pago (del Bilbao) y de cobro (del Barsa). Al ser entidades y por tanto, empresas, le pedirá que declare el IVA y el IRPF a la s.social.