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    Mensaje por orgullomadridist@ Jue Ago 22, 2013 11:29 pm

    Veréis chavales, tengo a un familiar cercano que le están haciendo la Púa yo creo. Se fue del curro porque estaba hasta los huevos, cobró su último més y se fue del curro habiendo trabajado 10 días más. La cosa está en que ahora le están haciendo el lío, le llamaron para decirle que estaba el certificado de empresa listo y su dinero de los 10 días trabajados del siguiente mes. Fue a recogerlo pero la jefa se hizo la loca...." no encuentro el sobre, déjame llamar a tal persona y te aviso". Bien, pues lleva 3 días que no le dicen nada.... pregunta:

    ¿ Cuántos días tiene para reclamar el dinero que le deben así como el certificado de empresa? ¿ QUé puede hacer en el caso de que ese dinero no se lo quieran pagar o estén haciéndose los remolones?
    ¿ Porqué son tan Hijos de....?
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    Mensaje por HELL Jue Ago 22, 2013 11:31 pm

    Tienen delegado sindical???, si la empresa es pekenia y no tiene, ke se acerque a la sede de cualkier sindicato ke le informaran sin cobrarle un euro.
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    Mensaje por iVarane Jue Ago 22, 2013 11:31 pm

    Mi opinión de barra de bar (de oídas, vamos):

    Si no avisas con 15 días de antelación, te pueden calzar una sanción en la pasta que te deban. La cuantía de la sanción, ni puta idea, no se si podría alcanzar los 10 días.
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    Mensaje por orgullomadridist@ Jue Ago 22, 2013 11:34 pm

    iVarane escribió:Mi opinión de barra de bar (de oídas, vamos):

    Si no avisas con 15 días de antelación, te pueden calzar una sanción en la pasta que te deban. La cuantía de la sanción, ni puta idea, no se si podría alcanzar los 10 días.
    Yo tengo entendido que no tiene derecho a paro por irse, pero esos días trabajados son suyos y deben pagárselos....vamos creo eh
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    Mensaje por iVarane Jue Ago 22, 2013 11:37 pm

    Si firmas la baja voluntaria, no tienes derecho a paro (pero siempre se hacen chanchullos en este sentido).

    Pero si te vas sin avisar con 15 días de antelación, te pueden sancionar.
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    Mensaje por orgullomadridist@ Jue Ago 22, 2013 11:53 pm

    iVarane escribió:Si firmas la baja voluntaria, no tienes derecho a paro (pero siempre se hacen chanchullos en este sentido).

    Pero si te vas sin avisar con 15 días de antelación, te pueden sancionar.
    No me suena de nada tío, es más conozco gente que se ha pirao del curro a la semana y se lo ingresaron en la cuenta en cero coma.... que puede ser eh! Pero no me suena de nada!
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    Mensaje por iVarane Jue Ago 22, 2013 11:54 pm

    Si, yo mismo me he pirado hace años de algún trabajo de verano sin avisar con 15 días, y me han pagado. No digo que siempre se haga, pero que lo pueden hacer, yo diría que si. Me suena.

    De todas formas, ya te digo que no soy experto.
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    Mensaje por orgullomadridist@ Vie Ago 23, 2013 12:12 am

    iVarane escribió:Si, yo mismo me he pirado hace años de algún trabajo de verano sin avisar con 15 días, y me han pagado. No digo que siempre se haga, pero que lo pueden hacer, yo diría que si. Me suena.

    De todas formas, ya te digo que no soy experto.
    Resuelto Iván. EL tema está en que si tú estás en periodo de prueba NO hace falta dar preaviso de los quince días. Sino, ya es según convenios y demás historias.
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    Mensaje por ariscito Vie Ago 23, 2013 12:13 am

    lo mejor que puede hacer es pedirlo por escrito que le sellen la copia de la petición, al menos quedará constancia de que ha solicitado el finiquito.

    saludos
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    Mensaje por orgullomadridist@ Vie Ago 23, 2013 12:15 am

    ariscito escribió:lo mejor que puede hacer es pedirlo por escrito que le sellen la copia de la petición, al menos quedará constancia de que ha solicitado el finiquito.

    saludos
    Creo que no tiene derecho a finiquito porque se va, no le echan. Hay que comentar que esta persona estaba en periodo de prueba aún
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    Mensaje por iVarane Vie Ago 23, 2013 12:19 am

    Y cuanto dura el periodo de prueba???
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    Mensaje por orgullomadridist@ Vie Ago 23, 2013 12:23 am

    iVarane escribió:Y cuanto dura el periodo de prueba???
    Depende, los hay de 1 mes, 3 meses... en este caso su periodo de prueba ha sido de un mes. No le ha molao lo que ha visto y se ha ido . Cobró la parte proporcional a final de mes y estuvo esos diez días....apunto de terminar el periodo, pero aún estaba en contrato de prueba
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    Mensaje por ariscito Vie Ago 23, 2013 12:45 am

    todos los días que trabajas te los tienen que pagar, sea en periodo de prueba o sea como sea.

    cuando te vas por baja voluntaria tienes derecho a que te paguen lo que has trabajado y por tanto tienes finiquito.

    saludos
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    Mensaje por Fingol Vie Ago 23, 2013 8:13 am

    Los 15 dias de pre aviso son para poder cobrar el finiquito. En caso de no pre avisar te quedas sin él. El pre aviso debe ser por escrito. No pre avisar no quiere decir una sanción.
    Si el que se va voluntariamente es el trabajador pierde el derecho al paro.
    Lo de tu amigo es una ilegalidad por parte de la empresa ya que debe pagar todos los días trabajados. Otra cosa ea que esos días trabajados los haya hecho sin haber estado dado de alta en la ss, en ese caso que se dé por jodido porque no va a ver la pasta de esos días.

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    Mensaje por orgullomadridist@ Vie Ago 23, 2013 10:43 am

    Fingol escribió:Los 15 dias de pre aviso son para poder cobrar el finiquito.  En caso de no pre avisar te quedas sin él.  El pre aviso debe ser por escrito.  No pre avisar no quiere decir una sanción.
    Si el que se va voluntariamente es el trabajador pierde el derecho al paro.
    Lo de tu amigo es una ilegalidad por parte de la empresa ya que debe pagar todos los días trabajados.  Otra cosa ea que esos días trabajados los haya hecho sin haber estado dado de alta en la ss, en ese caso que se dé por jodido porque no va a ver la pasta de esos días.

    ¿ Y aunque esté en periodo de prueba que no hace falta preavisar....se queda sin finiquito?
    Sí, está dado de alta con lo cual... va a tener que soltar la pasta sí o sí
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    Mensaje por Panceto el viudo Vie Ago 23, 2013 12:10 pm

    Lo de los 15 días depende del convenio que tenga la empresa. Yo he trabajado en empresas donde no eran 15 sino 20. Efectivamente si te vas sin avisar pierdes el derecho a cobrar el finiquito el cual incluye dias trabajados pendientes, pagas especiales, vacaciones etc... Lo que hace mucha gente que se pira sin avisar es decir: me piro ya y los 15 dias de preaviso (o los que sean) me los cojo de vacaciones
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    Mensaje por Panceto el viudo Vie Ago 23, 2013 12:12 pm

    Ah y lo de que este en periodo de prueba no infuye. Lo que influye es que hayas avisado o no. Del mismo modo en que una empresa no puede despedirte sin preaviso (salvo casos excepcionales) tu no puedes pirarte de la empresa cuando te da la gana y sin avisar. O vamso lo puedes hacer pero efectivamente pierdes el derecho a cobrar finiquito
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    Mensaje por ariscito Vie Ago 23, 2013 7:00 pm

    en periodo de prueba no tienes que dar preaviso de 15 días, por eso es período de prueba.

    saludos
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    Mensaje por iVarane Vie Ago 23, 2013 7:31 pm

    Lo del periodo de prueba yo tengo entendido que no hace falta avisar por ninguna de las partes.
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    Mensaje por trukop Dom Ago 25, 2013 4:16 am

    Fingol escribió:Los 15 dias de pre aviso son para poder cobrar el finiquito.  En caso de no pre avisar te quedas sin él.  El pre aviso debe ser por escrito.  No pre avisar no quiere decir una sanción.
    Si el que se va voluntariamente es el trabajador pierde el derecho al paro.
    Lo de tu amigo es una ilegalidad por parte de la empresa ya que debe pagar todos los días trabajados.  Otra cosa ea que esos días trabajados los haya hecho sin haber estado dado de alta en la ss, en ese caso que se dé por jodido porque no va a ver la pasta de esos días.

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    Panceto el viudo escribió:Lo de los 15 días depende del convenio que tenga la empresa. Yo he trabajado en empresas donde no eran 15 sino 20. Efectivamente si te vas sin avisar pierdes el derecho a cobrar el finiquito el cual incluye dias trabajados pendientes, pagas especiales, vacaciones etc... Lo que hace mucha gente que se pira sin avisar es decir: me piro ya y los 15 dias de preaviso (o los que sean) me los cojo de vacaciones
    Hasta donde yo se, ningún convenio marca que el trabajador tenga que avisar con 20 días de preaviso ya que el trabajador saldría perjudicado y los convenios están para ayudar a la parte más débil. Otra cosa es que alguno raro por ahí marque que el empleador deba avisar con 20 días, ahí no me mojo. Ojo con este dato. La empresa puede o no, avisarte con antelación. Si no lo hace, siempre que te pague los 15 días siguientes sin que tu tengas que ir a trabajar es válido.

    Si tu te das de baja pierdes el derecho a paro. Si no avisas, por escrito, con 15 días de antelación pierdes el derecho cobrar finiquito pero lo que no pierdes son las vacaciones generadas que por ley son 2'5 días por mes o en otros convenios 2 días "laborales" por mes trabajado a contar desde el 1 de enero.

    Orgullo, a tu amigo lo están estafando por dos motivos:
    1) Le tienen que pagar los 10 días porque los ha trabajado.
    2) Le tienen que pagar las vacaciones generadas y no disfrutadas.
    3) Si no le han prorrateado las pagas extra, se las tienen que pagar.



    De todos modos, no entiendo porque se ha ido. ¿Le estaban haciendo bullying? Si es así, no hay nada mejor que ir al trabajo con una grabadora (la del móvil vale) y dejar que se fajen contigo. Luego, te vas al sindicato (si no está afiliado le cobrarían unos meses pero nada más), hablas con el abogado laborista (son especialistas y sin duda, se mean en los abogados de cualquier empresa que son más generalistas en temas de laboral) del sindicato y le planteas el caso de bullying. O directamente presentas una denuncia en el ministerio de trabajo. Ya si haces ésto último las cosas son serias. A la empresa le puede caer un puro de cuidado y al jefe o compañero que te puteaba será despedido/sancionado y pagará una cuantiosa indemnización.
    Un ejemplo. Hace un año, leí una sentencia que me dejo acojonado. Una empresa tenía un trabajador de 60 años. El dueño de la empresa se retiro y tomo el testigo su hijo. Por lo que fuera, el nuevo dueño quería fuera al señor pero claro, pagar a 40 días/año un señor que llevaba toda su vida trabajando en la empresa, no salía a cuenta. ¿Solución que se hace en Españistan? Bullying. Poner en puestos de mierda al señor, insultarle, cambiarle el horario cada poco, etc. En la sentencia se recogían algunos de los insultos como: "Mejor te ibas de la empresa porque con lo viejo que eres y lo que hay que trabajar vas morir de un ataque al corazón. Espero que te pase pero fuera de la oficina". El señor, que no era tonto, lo grabo todo y lo denunció. El resultado del juicio fue que el jefe pago una indemnización de 120.000€ por daños y perjuicios, los sueldos de tramitación hasta que salió la sentencia (un año de sueldo) y el despido improcedente de una persona con cerca de 40 años trabajados en la empresa (como 5 años de sueldo del señor). Con eso, el señor pacto con la SS, pago sus cotizaciones de 4 años más hasta que cumplía los 65 años (el equivalente a algo menos 1'5 años de sueldo) y se retiro con el 100%, con 61 años y con cerca de 300.000 € en el bolsillo.  iolil 

    Por otro lado, si lo que quería era irse, pues que forzase el despido para cobrar toda la indemnización. Si es contrato en pruebas, 8 días por año, al igual que los famosos contratos por obra, una de las mayores estafas de este país. Ojo con estos contratos por si alguien los tiene. Muchos "empleadores" usan estos contratos y los estiran hasta el máximo porque están sujetos a despedir cuando se termine la obra, es decir, cuando le salga de la polla al jefe.  Una sobre derecho laboral 2602689217   Pues bien, el que tenga este contrato que sepa que en el contrato por obra o fin de obra debe poner y pone exactamente porque es la obra. Si en algún momento os mandan hacer algo que se salga de esta obra, el contrato entra en fraude de ley y si lo denunciáis se convierte en un contrato indefinido (con 33 días por año trabajado desde el 12 de febrero del 2012 o 40 días desde antes) desde el primer día, no desde la denuncia. Por ejemplo. Si vuestro contrato dice que es para llevar cafés al jefe, si en un momento os mandan poner un té, ES ILEGAL y el contrato entra en fraude de ley. Ésto es algo muy habitual en el mundo informático en el que se contrata a una persona para trabajar de, por ejemplo, programador de un proyecto y luego el supuesto programador acaba haciendo de analista de ese y otros proyectos. Eso, señores, es ilegal y fácilmente demostrable. ¿Cómo? Pues que sepáis, que toda obra intelectual, como las informáticas, tienen dos derechos. Autor y explotación. El de explotación es para lucrarse con el software y es de quien paga, en este caso, de la empresa. El de autor es del creador y es indivisible de el/ella. La mejor forma de protegerse es llevar esa obra y registrarla con vuestro nombre. De esta forma se demuestra que habéis trabajado en más proyectos que el que ponía vuestro contrato y por tanto estáis en contrato de fraude de ley. Aquí tenéis cogidos por los cojones a la empresa porque si lo niega estará tirando piedras contra su tejado ya que estará perdiendo los derechos de explotación de las obras que tu seas autor con lo que sus derechos de explotación pasarán a ti.   :soc9: 


    PD: Son 50€ el que quiera usar alguno de los trucos y me se unos cuantos más (también para empleadores, jorobado, que también me se unos cuantos para el lado oscuro).   lg

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