http://politica.elpais.com/politica/2012/04/19/actualidad/1334817815_005486.html
Otras reformas previstas
La idea de Interior —aunque finalmente en esta cuestión será el Ministerio de Justicia el que decida— es reformar varios artículos del Código Penal. Aparte de la modificación del artículo 31 bis para que los sindicatos, asociaciones y partidos políticos respondan penalmente por daños causados por sus militantes y afiliados, hay otros cambios previstos por Interior.
1) Artículo 550. Se pretende que el delito de atentado contra la autoridad y sus agentes incluya no solo la resistencia activa sino también la resistencia pasiva grave (aunque con posterioridad Justicia ha asegurado que esto no se llevará a cabo).
2) Artículo 551. Se eleva la pena mínima en los atentados contra agentes de la autoridad, que pasa de uno a dos años para que se pueda imponer en estos casos la prisión provisional, objetivo prioritario del ministerio.
3) Artículo 552. La reforma busca que cometer el delito de atentado con ocasión de una reunión o manifestación sea un subtipo agravado.
4) Artículo 556. Se trata de elevar la pena del delito de resistencia a la autoridad no considerada grave de seis meses a un año de prisión a entre uno y tres años.
5) Artículos 570 bis y 577. El fin es castigar como la kale borroka e integración en grupo criminal las conductas concertadas a través de cualquier medio, incluido Internet, que busquen “perturbar gravemente el orden público”.